Foto: Tomada de PLFoto: Tomada de PLLA HABANA.-El agua es un bien preciado y, debido a su valor esencial para el desarrollo de la vida, es necesario garantizar su gestión sostenible y saneamiento.

 Cuba es una de las naciones que cuenta con una legislación y su reglamento como muestra de la ocupación y preocupación del Estado con el medio ambiente y los bienes naturales, aseguró la presidenta del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INRH), Inés Chapman, en entrevista exclusiva con Prensa Latina.

 A propósito de la entrada en vigor el 14 de febrero de 2017 de la Ley de las Aguas Terrestres en Cuba y su Reglamento, Chapman explicó su importancia y novedades.

 Significó que a través de esta legislación se reorganiza el empleo racional y productivo del recurso hídrico sobre la base de las cuencas hidrográficas, regula que no se sobreexploten y que se protejan para las generaciones actuales y futuras.

 La titular del INRH amplió que esta norma recoge toda la gestión del agua potable y su saneamiento, lo cual se encuentra en correspondencia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

 La Ley y su Reglamento, precisó, está compatibilizada con la Política Nacional del Agua, los ODS, los objetivos del INRH y el plan hidráulico nacional hasta 2030.

 Esa legislación, añadió, también permite realizar un balance del agua para distribuirla equitativamente en el país, regula a quién corresponde la autoridad sobre el líquido, los responsables de protegerla, cuidarla y de enfrentar las indisciplinas sociales, así como los factores y actores que están relacionados con el recurso y cómo utilizarlo con un impacto positivo en la sociedad.

Entre otros temas de importancia, agregó, la norma establece cómo cuidar del agua, velar para evitar la contaminación, afrontar la intrusión marina y la protección de las costas, y aborda también la reubicación de asentamientos afectados por inundaciones ante intensas lluvias o severas sequías.

 Recordó que nadie puede vivir sin agua, por tanto es un recurso vital tanto para la economía como para el medio ambiente, y explicó que en sí misma tiene un cálculo económico, porque necesita una serie de requerimientos para tratarla, conducirla y llevarla a toda la sociedad.

 NOVEDADES

 Esta ley abarca temas novedosos, explicó Chapman, como el registro de las aguas terrestres, concesiones y autorizaciones para la inversión extranjera, organización de las cuencas hidrográficas, y el tratamiento a los cuentapropistas y cooperativas y las servidumbres voluntarias y legales.

 Este último elemento se refiere a la posesión de los pozos o cisternas que se encuentran en áreas comunes y la obligatoriedad de ofrecer el servicio, porque el agua es para todos no para una persona en particular, por tanto se regula a nivel de los particulares como entidades estales, remarcó la directiva.

Entre otros elementos, se incorporan las regulaciones para las nuevas provincias de Artemisa y Mayabeque, propuestas de prioridades ante situaciones de extrema sequía, el plan hidráulico nacional y la aplicación de las nuevas tecnologías, como son las plantas desalinizadoras.

 Unido a ello, se adiciona el balance de agua para todos los organismos de la administración central de Estado, cuestiones sobre el drenaje pluvial, tratamiento de las aguas residuales, y las obligaciones de los mencionados organismos en la captación de agua de lluvia, enumeró.

Foto: Otilio Rivero Delgado/ Adelante/ ArchivoFoto: Otilio Rivero Delgado/ Adelante/ Archivo

UN RECURSO RENOVABLE, PERO LIMITADO

 La titular del INRH recordó que la única fuente de agua en Cuba son las lluvias, y al ser una isla larga y estrecha con dos regímenes fundamentales -etapa de sequía y de lluvia-, debemos conservarla, porque es un recurso renovable pero limitado, apuntó.

 Su preservación y cuidado son necesarios, explicó y amplió que pese a contar con 242 presas y varias micropresas que permiten preservar el agua de lluvia, siempre ocurren pérdidas.

 Chapman significó que los embalses se construyeron gracias a la visión del líder histórico de la Revolución Fidel Castro.

 El agua proveniente de las precipitaciones no se puede almacenar totalmente, una parte se infiltra al manto freático y alimenta el agua subterránea y otra se pierde, ya sea por la evaporación, por infiltración a los suelos o por las entregas que se realizan, dijo.

 A ese proceso se suma la contaminación, lo cual afecta su uso, puntualizó la presidenta del INRH.

 ALGUNOS ANTECEDENTES

 La Ley de las Aguas Terrestres fue precedida, entre otros antecedentes, por la Política Nacional del Agua, aprobada por el Consejo de Ministros en diciembre de 2012, en cumplimiento de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución del VI Congreso de Partido, los cuales fueron actualizados en el VII Congreso.

 Tras un proceso de discusión iniciado en 2013, y la modificación de muchos de sus elementos, la norma consta de 13 títulos, 15 secciones, 29 capítulos y 127 artículos.

 Chapman explicó que para conformar la ley cubana se nutrieron de experiencias de legislaciones de países del área, como Ecuador, y de algunas naciones de Europa y China. En la revisión se tuvo en cuenta, además, cómo se aplica, cómo la hacen valer y qué autoridades la rigen.

 Como dato curioso, agregó que debido a la tecnicidad de la política, la legislación cuenta con un glosario para facilitar su comprensión.

 Cuba cuenta con un instrumento legal que regula y controla el empleo del agua, concluyó.

 *Periodista de la Redacción de Economía de Prensa Latina.