CAMAGÜEY.- La ley fundamental que rige la vida de un estado es la Constitución concebida como la ley suprema, ley primera o ley de leyes.

La Constitución cubana tiene carácter histórico porque nació durante la Guerra de 1868 cuando la población, consolidada en nación, se organizó por primera vez jurídicamente y así se mantuvo en todas las etapas del Proceso Revolucionario Cubano.

Camagüey resalta al hablar de Constituciones, el primer momento en su desarrollo ocurrió en Guáimaro, seis meses después de iniciada la Guerra de los Diez Años, el 10 de abril de 1869. Allí comenzó la Asamblea donde se reunieron representantes de todas las regiones alzadas en armas, a fin de lograr la unidad del movimiento independentista y crear un gobierno por el cual se rigieran todos los que luchaban por la independencia de Cuba.

Pero nuestra historia es más rica y un 16 de septiembre de 1895, volvería a servir Puerto Príncipe como terreno imparcial, esta vez sería Jimaguayú en homenaje al héroe Ignacio Agramonte Loynaz, caído en este lugar.

A los pocos meses de haberse iniciado la gesta de 1895, se habían incorporado a la lucha tres provincias del centro y el oriente del país, y se habían constituido cuatro cuerpos de ejército: dos en Oriente, bajo el mando de Antonio Maceo y Bartolomé Masó respectivamente; otro en Camagüey y el último en Las Villas, sin que entre ellos existiera la coordinación necesaria para el empeño revolucionario.

Era necesario lograr la unidad de todas las fuerzas insurrectas bajo la dirección de un gobierno mambí y ordenar legalmente al Estado Nacional en armas. El plenario estaba compuesto por veinte miembros, cinco por cada ejército, con un promedio de edad bastante bajo. Estaban tres abogados, cinco médicos, tres periodistas, ocho de profesiones diversas y un hacendado.

Dentro de la Asamblea se enfrentaron tres proyectos acerca de la organización de la República de Cuba en Armas. Uno de ellos, defendido por Rafael Portuondo Tamayo y otros delegados orientales, sostenían la tesis de Maceo a favor de la centralización de poderes. Esto otorgaría a la dirección del ejército la mayor cantidad de facultades compatibles con las instituciones de la república.

El proyecto de Fermín Valdés Domínguez y Enrique Loynaz del Castillo, influidos por el pensamiento martiano, abogaban la separación de funciones y el otorgamiento de amplias facultades tanto para el gobierno como para el ejército, los cuales no debían interferir entre sí.

Por otra parte Salvador Cisneros Betancourt quería prevenir una posible tiranía gracias al control absoluto del poder civil sobre el militar. Este propósito, muy similar al aprobado en Guáimaro (1869) estaba al margen de la realidad misma de la guerra y fue rechazado.

A favor de la unidad se llegó a un consenso para aprobar una fórmula de arreglo que dejara satisfechos a los postulantes de cada proyecto. Pero en ese proceder, de manera muy sutil, se introdujeron ambigüedades que obstaculizarían, al paso del tiempo, con la marcha de la guerra.

La solución fue adoptar una composición de un gobierno que aunase a los poderes ejecutivo y legislativo, eliminando la creación de una Cámara de Representantes como en Guáimaro. Dicho gobierno no debía interferir el aparato militar.

A su vez, quedó elegido el Mayor General Máximo Gómez como General en Jefe del Ejército Libertador y a Antonio Maceo como Lugarteniente General, así como designaron a Tomás Estrada Palma, quien ocupaba el cargo de delegado del Partido Revolucionario Cubano desde la muerte de Martí, también como Delegado Plenipotenciario de Cuba en el extranjero.

Por un lado, la Carta Magna aprobada en Jimaguayú se inspiró en el espíritu de Baraguá y ya desde su preámbulo declaraba "la separación de Cuba de la monarquía española y su constitución como Estado independiente". Por otro aunaba fuerzas en pos de la unidad para lograr el principal objetivo: la libertad de Cuba.

En su artículo 24 establecía que si en dos años no se había ganado la guerra, debía convocarse a una nueva asamblea de representantes que refrendara o modificara esta Carta Magna, con los que se salvaban los problemas originados en la Constitución de Guáimaro con la ausencia de este articulo.

A la vez, en Jimaguayú no lograron resolver algunas cuestiones, si bien se sustituyó la inoperante Cámara de Representantes de Guáimaro por un Consejo de Gobierno de solo seis miembros; se establecía una innecesaria secretaría de guerra cuando ya el Ejército mambí contaba con un aparato militar con el general en jefe Máximo Gómez al frente, el cual, más temprano que tarde, chocaría en sus funciones con las del secretario de la guerra.

De esta forma, la República en Armas contó, a partir de la Asamblea de Jimaguayú, con un gobierno supremo civil y democrático. Se aprobó la primera constitución que regiría en la guerra comenzada el 24 de febrero de 1895, la cual representó un paso de avance en la organización gubernamental, respondió a una etapa histórica superior a la de Guáimaro y tuvo en cuenta los errores pasados, al ajustarse a la realidad de la guerra.

Luego de la proclamación de la Asamblea de Jimaguayú, el 16 de septiembre de 1895, nuestros luchadores independentistas deberían enfrentar nuevas realidades, nuevos problemas, a los que necesariamente habría que buscarles soluciones a través del Órgano Supremo de Gobierno. El objetivo supremo prevalecía: lograr la independencia.

Abría así el Camagüey de siempre sus puertas de nuevo a la causa de la liberación. Suerte de nosotros los lugareños haber nacido en una tierra que vivió tanto valor y consagración por la libertad. Jimaguayú, queda entonces ahí, como si fuera parte de un libro de nuestra sangre, de Camagüey... de Cuba.

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