LA HABANA.- La Gaceta Oficial Ordinaria número 81 de la República de Cuba puso hoy en vigor las resoluciones 57 y 59, del Instituto de Planificación Física (IPF), con el objetivo de simplificar los trámites relacionados con el proceso de actualización de los títulos de propiedad de la vivienda.

El documento técnico sobre el levantamiento, realizado por arquitecto de la comunidad, generaba insatisfacciones en la población sobre todo por la demora del proceso, explicó a la prensa Diana Rosa Suárez Matías, jefa del Departamento Independiente Jurídico del IPF.

Para dar respuesta real a estos problemas se modificaron las normas jurídicas hasta hoy vigentes, y se elaboraron nuevas disposiciones que establecen un procedimiento más efectivo y concreto, señaló el General de División Samuel Rodiles Plana, presidente del IPF.

Con la Resolución 57, del 30 de octubre de 2020, se modifica la número 54 de 2014, y se elimina el documento técnico que elabora el arquitecto de la comunidad, previo al Dictamen técnico de descripción, tasación y medidas y linderos de la Dirección Municipal del IPF.

A su vez se estableció la Resolución 59 que concentra todos los trámites de actualización de los títulos de propiedad en esa entidad.

Tal disposición legal permitirá a partir del 19 de diciembre venidero y hasta el 2026 la actualización de la documentación de los inmuebles que así lo requieran.

Para realizar este trámite los titulares deberán acompañar su título de propiedad con un sello de cinco pesos en la Dirección Municipal del IPF.