LA HABANA.- La Empresa Central de Medios de Cuba, perteneciente al Instituto de Información y Comunicación Social (ICS), esclareció desde su perfil en Facebook aspectos relacionados con la inserción de publicidad en los medios de comunicación, conforme a lo establecido en la Ley 162/2023 de Comunicación Social y sus Reglamentos.
Según el artículo 76 de esa normativa, la publicidad constituye una forma de producción comunicativa con fines comerciales, desarrollada por actores económicos legalmente reconocidos como parte de su plan de mercadotecnia.
El artículo 79 precisa que en el proceso intervienen el anunciante, la agencia, el creativo y los medios, todos con funciones específicas en la generación y difusión de mensajes publicitarios.
De acuerdo con el artículo 81, la radio, la televisión, las agencias de noticias y los medios impresos y digitales pueden insertar publicidad en correspondencia con su perfil editorial y gestión económica, previa autorización del ICS.
El Sistema de la Radio Cubana incluye para este fin, emisoras como Radio Rebelde, Radio Progreso, Radio Taino y Radio Cadena Habana, además de otras con perfiles especializados como Radio Habana Cuba, Radio Enciclopedia, CMBF Radio Musical Nacional y Radio Siboney.
En plataformas digitales se autorizó a Radio Reloj, junto a emisoras provinciales y municipales.
La Televisión Cubana definió a Tele Rebelde, Multivisión y Canal Clave, además de Cubavisión Internacional y Canal Caribe en el ámbito digital, junto a canales provinciales y municipales.
La disposición busca ordenar la práctica publicitaria en el país, garantizando su coherencia con el marco legal vigente y la función social de los medios de comunicación.