LA HABANA.- Cuba emitió una norma para el fortalecimiento de la política para la protección al consumidor, publica hoy el diario Granma.

La Resolución No. 54 del 2018 del Ministerio de Comercio Interior (Mincin) - publicada desde hoy en la Gaceta Oficial de Cuba- establece las obligaciones de los proveedores de los productos y servicios lo mismo para la esfera estatal, que para el sector cuentapropista o cooperativo.

Asimismo están recogidos en la normativa los derechos y deberes de los consumidores.

La reglamentación implica a las personas naturales y jurídicas cuya actividad primordial sea la venta de productos, servicios técnicos y personales, gastronomía y alojamiento, independientemente de su subordinación.

La disposición detalla, en el caso de los proveedores del sistema estatal que cometan violaciones, medidas punibles en el ámbito laboral y administrativo.
Si la infracción cometida implicara un delito de las normas de protección a los consumidores, o cualquier otro de los previstos en el Código Penal, entonces intervendrían las autoridades competentes para este tipo de violación.

Quedan descritas igualmente todas las instancias e instituciones que deben velar por la protección al consumidor y los sitios a los cuales pueden acudir las personas si están insatisfechos con el producto o servicio recibido.

A partir de la entrada en vigencia de la norma, los organismos e instituciones implicados en el tema, enviarán al Ministerio del Comercio Interior, en el lapso de un mes, el diseño de sus sistemas de protección al consumidor para su posterior validación.

La implementación de esta norma es considerada un antecedente para la futura Ley de Protección al Consumidor.

La Resolución No 54 del Mincin entrará oficialmente en vigor después de 30 días de publicada en la Gaceta Oficial del país.