En el Control Interno participan todos los trabajadores, independientemente de su categoría ocupacional, pero nos referiremos en especial a aquel que está destinado a orientar y velar por el cumplimiento de la legalidad, quien asume el asesoramiento jurídico de los clientes, hablamos de aquellos juristas que se desempeñan como Asesores y Consultores Jurídicos o Abogados de los Bufetes Colectivos que son contratados por dichas entidades para ejercer esta función.

Para el asesoramiento jurídico se requiere primordialmente, entre otros aspectos, según lo refrenda la Resolución 42, del 6 de marzo del 2002 del Ministerio de Justicia, del conocimiento de los objetivos de trabajo del sistema al que pertenece la institución asesorada; instruir al jefe, a los dirigentes y funcionarios del organismo en las cuestiones de índole jurídica relacionadas con la actividad que desarrolla; así como mantener el control, organización y actualización de su documentación legal; emitir los dictámenes de los asuntos, proyectos de disposiciones o instrumentos jurídicos que se someten a su consideración; redactar o participar en la elaboración de los instrumentos jurídicos que se soliciten, contribuyendo a que se dicten dentro de los límites de las respectivas competencias y se observe estrictamente en ellos la legalidad; asesorar en el proceso de concertación y en la confección de los contratos y convenios que se realizan y mantener el control de estos instrumentos jurídicos; asesorar la gestión de cobros y pagos; efectuar y atender las reclamaciones y demandas que se requieran; representar a la institución en los procesos administrativos, arbitrales y judiciales que correspondan con arreglo a las disposiciones vigentes; elaborar programas de divulgación jurídica y proponer otras medidas para contribuir al desarrollo de la conciencia jurídica en el colectivo laboral.

También establece la mencionada Resolución la obligación de advertir al jefe de la empresa u organismo de las irregularidades que detecte que puedan constituir violaciones e indicar la conducta a seguir de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente; proponer que se realicen o participar en inspecciones encaminadas a detectar violaciones y sugerir las medidas que correspondan.

Este último planteamiento es vital dentro del Control Interno, sin minimizar los que con anterioridad se relacionan, pues constituyen un todo único en el actuar del jurista. A ello hay que añadirle la atención y acatamiento que deben brindar los directivos de las administraciones ante las advertencias, traducidas en muchas ocasiones en dictámenes, presentadas por la asesoría jurídica en aras de alertar de la ocurrencia de irregularidades que pueden constituir ilegalidades.

Alcanzar la coherencia imprescindible entre la dirección de la empresa y la actuación del asesor jurídico es la más fiel expresión de lo dispuesto en el Lineamiento 12 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, en cuyo enunciado establece que la elevación de la responsabilidad y facultades hace imprescindible exigir la actuación ética de las entidades y sus jefes, así como fortalecer su sistema de control interno, para lograr los resultados esperados en cuanto al cumplimiento de su plan con eficiencia, orden, disciplina y el acatamiento absoluto de la legalidad.

*Abogada del Bufete Colectivo No. 2. Presidenta de la UNJC en Camagüey


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