El jueves venció el plazo para la presentación de esa documentación de la campaña, iniciada a principios de enero, tiempo más que suficiente para no verse ahora, como dijo alguien, en aprietos.

Las Personas Naturales que lo hagan posterior a esa fecha se consideran Omisos, infractores que pueden ser sancionados con multas de 200 pesos a 2 000 por incumplir el deber formal de presentar la DJ, establecido en el Decreto 308 Reglamento de las Normas Generales y Procedimientos Tributarios.

Desde hace algún tiempo el país viene realizando esfuerzos para elevar la cultura tributaria que, aunque ha avanzado, todavía no está del todo bien.

{flike} {plusone} {ttweet}