CAMAGÜEY.- La habilitación de una cuenta bancaria fiscal es un instrumento útil para el ejercicio del trabajo por cuenta propia, pero aun con los cambios en sus condiciones anunciados, quedan factores por analizar para el perfeccionamiento de esa herramienta.

Así opinaron trabajadores por cuenta propia (TCP) de esta ciudad con licencia de Arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, una de las seis actividades de esa modalidad de empleo que hasta el momento están obligadas a gestionar sus ingresos mediante esas cuentas.

Disciplina fiscal, conocimiento de los estados de resultados económicos del negocio en cuanto a ingresos, egresos y utilidades, y transparencia en las transacciones financieras, son algunos de los beneficios mencionados por Eva Suárez Castro, arrendadora con casi 12 años de experiencia en el alojamiento turístico.

Consideró oportuna la reducción a dos cuotas mensuales del saldo mínimo a mantener en esa cuenta, pero igualmente opinó que el monto sigue siendo elevado y corto el plazo de solo cinco días hábiles para reponerlo en caso de cerrar el mes con una cifra menor a la establecida.

El arrendamiento de habitaciones para alojamiento a clientes extranjeros depende de la estacionalidad del mercado, la oferta y la demanda, pero paga impuestos lineales, lo cual significa que haya o no clientes se tributa una misma cantidad, por tanto la obligatoriedad del saldo mínimo debería ser menor, argumentó Reinaldo Bada Sarmiento, otro TCP con 14 años en ejercicio.

Francisco López Domínguez, con solo dos años ejerciendo en el arrendamiento turístico en una sola habitación de su vivienda, comentó también que debería tomarse en cuenta la envergadura de los negocios para el requerimiento de una cuenta fiscal, pues la consideró menos práctica para aquellos que operan con pequeños volúmenes monetarios.

Los tres cuentapropistas camagüeyanos coincidieron en que la cuenta fiscal puede contribuir a resolver otros problemas altamente discutidos por ese sector, como la posibilidad de realizar compras mayoristas, una solución imprescindible para contrarrestar manifestaciones negativas como las ilegalidades en la adquisición de materias primas.

La Resolución No. 904/2018 del ministerio de Finanzas y Precios, aprobada el cinco de diciembre último y en vigor desde este viernes, establece que la cuenta se deberá abrir en pesos cubanos y mantener un saldo mínimo equivalente a dos cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales- a cuyo pago está obligado su titular-, una cuota menos que lo que estipulaba la Resolución No. 197/2018, aprobada en junio último.

Los contribuyentes deberán depositar en dicha cuenta los ingresos generados en el ejercicio de la actividad, con excepción de un fondo para pagos de menor cuantía o de imprevistos por importe de hasta 35 por ciento de los ingresos depositados en las cuentas bancarias fiscales en el mes anterior, 15 por ciento más que en la anterior disposición.